El Tribunal Supremo Anula la Cláusula Suelo de las Hipotecas

La sentencia del Tribunal Supremo, que sienta jurisprudencia, permitirá a los afectados reclamar si consideran que no fueron debidamente informados, pero no obliga a las entidades a devolver las cantidades ya satisfechas.

El pleno de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo declaró ayer la nulidad de las denominadas cláusulas suelo de las hipotecas en los casos en que se haya producido “falta de transparencia” en su contratación, lo que abre la puerta a que miles de afectados puedan reclamar en los juzgados, que se suspenda su aplicación aunque el fallo no obliga a las entidades a devolver las cantidades ya satisfechas.

De esta forma, el Alto Tribunal estima parcialmente el recurso presentado por la Asociación de Usuarios de Banca (Ausbanc) contra la decisión de la Audiencia Provincial de Sevilla que desestimó la demanda colectiva presentada por la organización contra el BBVA, Caixa Galicia y Cajamar y consideró legal la citada práctica.

El Supremo, por su parte, ha adoptado una decisión salomónica ya que no ha declarado abusivas todas las cláusulas suelo, como pretendían los consumidores, pero sienta jurisprudencia para que aquellos que se sientan engañados puedan recurrir a los juzgados y dejen de pagar el sobreprecio que actualmente abonan en las cuotas de su hipoteca.

El problema estriba en que la Sala de lo Civil del Supremo, presidida por Juan Antonio Xiol, no aclaró ayer qué entiende por “falta de transparencia” ya que la sentencia todavía no está redactada y tan sólo se dio a conocer un avance de su decisión en un escueto comunicado público.

Las “cláusulas suelo” son aquellas que impiden que los intereses de una hipoteca caigan por debajo de una determinada cantidad -generalmente el 3% ó el 4%- aunque la combinación de euribor y diferencial pactada por el cliente resulte una cifra más baja. De esta forma, cientos de miles de hipotecados llevan ya un par de años sin beneficiarse de las rebajas que está experimentando este indicador, que sigue en mínimos históricos.

La decisión del Supremo se conoce una semana después de que el Tribunal de Justicia de la UE dictaminara que la normativa española sobre desahucios es contraria al ordenamiento jurídico europeo al no proteger adecuadamente a los consumidores, ya que no permite paralizar cautelarmente un desalojo mientras se decide si la hipoteca contenía alguna cláusula abusiva.

La Xunta regulariza 875 edificaciones ilegales desde 2011

Xunta de GaliciaLa Xunta quiere poner en orden el caos urbanístico que durante décadas ha puesto patas arriba el territorio gallego. Este propósito conlleva la demolición de cientos de viviendas levantadas en suelo rústico pero también abre la puerta a la regularización de edificaciones construidas antes de 2003, es decir anteriores a la Lei do Solo. Se trata de viviendas y, sobre todo, naves industriales sobre las que no pesa ninguna orden de derribo. Bajo esta premisa, la Consellería de Medio Ambiente regularizó un total de 875 edificaciones ilegales, de las que el 80% corresponden a actividades empresariales y el 20% restante a usos residenciales.

El balance de las casi 900 construcciones legalizadas hecho público ayer por la Consellería de Medio Ambiente corresponde a edificaciones levantadas en suelo rústico, cuya competencia corresponde a la Xunta. Sobre las construcciones en suelo urbano, el departamento de Medio Ambiente carece de datos ya que, según apunta, dependen de los ayuntamientos, que por el momento no han facilitado información sobre el resultado de las solicitudes presentadas.

Este volumen de construcciones legalizadas en 2011 (un total de 55) y 2012 (820) es resultado de la moratoria de la Lei do Solo de 2010 por el que la Xunta dio un plazo de dos años para la regularización de naves y viviendas levantadas antes de 2003 en suelo rústico de uso común al margen del planeamiento urbanístico. En ese periodo, los concellos recibieron un total de 6.295 peticiones de las que un total de 4.455 (el 71%) corresponden a viviendas y las 1.840 restantes (29%) a naves. Las condiciones para que esta regularización sea efectiva consisten en que no se trate de zonas verdes ni espacios públicos, que ya existieran con anterioridad al 1 de enero de 2003, que no estén incursas en ningún expediente y que a la entrada en vigor de la reforma (2010) hubieran transcurrido al menos seis años sin que ninguna administración adoptase medida de reposición de la legalidad.

La modificación legal promovida por el Ejecutivo gallego permitirá a los propietarios beneficiados por la moratoria acometer obras de conservación en las viviendas y naves pero no de ampliación. En el caso de las naves, su regularización permitirá mantener la actividad económica, que en el caso de las más de 1.800 solicitudes presentadas sustentan entre 8.000 y 10.000 puestos de trabajo. Las provincias de Lugo y Pontevedra concentran el mayor volumen de propietarios que pidieron regularizar sus viviendas y naves (2.322 en el primer caso y 1.905 en el segundo). Le sigue la provincia de Coruña con un total de 1.240 demandas de regularización y cierra la lista Ourense con 827 peticiones.

Fuente: farodevigo.es

El proyecto de reparcelación de O Allo está listo para la aprobación

El Ayuntamiento de Zas ya ha recibido el proyecto de reparcelación de O Allo, requisito para poder legalizar las empresas de la zona.

Este proyecto deberá ir al pleno municipal para su aprobación inicial, tras lo que quedará público durante 20 días. En este plazo los vecinos podrán presentar las alegaciones que crean oportunas.

Una vez pase este periodo, queda pendiente urbanizar la zona para dotarla de los servicios necesarios para que las empresas instaladas en la zona puedan pedir las licencias municipales y regularizar así su situación.

En O Allo existe una zona de 70.000 metros cuadrados de los que cerca del 70 por ciento ya están ocupados por naves industriales a pesar de que todavía no es un polígono industrial legal.